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En el ejercicio ordinario de su ministerio docente, los Papas y los Obispos han empleado a lo largo de la Historia determinados documentos escritos que han adquirido cierta usualidad oficial en la Iglesia, algunos desde tiempos antiguos y otros en momentos más recientes o actuales. Podemos aludir a los siguientes.
1. Cartas Encíclicas
Son escritos amplios y con relativa sistematización, de contenido doctrinal ordinariamente, y en ocasiones de alcance pastoral y exhortativo. El término Encíclica viene a significar "cartas circulares" (encyclicae) y alude a comunicaciones públicas del Papa que divulga con cierta notoriedad y universalidad.
Pablo VI dijo que la encíclica es como "un documento, en forma de carta, enviado por el Papa a los Obispos del mundo entero". Estrictamente no siempre va a los Obispos, pues en algunas ocasiones ha sido dirigida a los sacerdotes y fieles, e incluso con Juan XXIII ("Pacem in terris", 1963) a todos los hombres de buena voluntad.
Ordinariamente la encíclica pretende: enseñar sobre algún tema doctrinal o moral; fomentar alguna devoción o adhesión; condenar algún error o actitud nociva; informar sobre algún peligro doctrinal o espiritual; analizar alguna situación cultural o social en clave evangélica para conocimiento de los fieles.
Por su naturaleza, las Encíclicas se dirigen, directa o indirectamente, a la Iglesia Universal, de manera especial a los Obispos para que transfieran las enseñanzas a sus feligreses.
La Encíclica es una forma antigua de ejercicio docente de los Papas. Refleja la costumbre de determinados Obispos de escribir a los fieles algunas cartas, a imitación de los Apóstoles, para enseñarles doctrinas contra herejías o comportamientos adecuados contra los vicios.
En los tiempos modernos fue Benedicto XIV (1740-1758) quien revivió la antigua costumbre, enviando "cartas circulares" a otros obispos, haciendo referencia a temas de doctrina o de disciplina. Gregorio XVI (1831-1846) fue quien popularizó el término "Encíclica".
Y León XIII (1878-1903) fue el que más usó este medio, pues difundió sus enseñanzas de todo tipo con nada menos que 75 Encíclicas en total de diversa extensión.
Desde León XIII, sobre todo con la "Rerum Novarum" en 1891, el concepto Encíclica cobró resonancia singular en la Iglesia y se vio en este instrumento escrito el modo solemne del Papa de enseñar y ejercer su ministerio docente.
1.1. Valor de la Encíclica
La Encíclica es una forma de Magisterio de la Iglesia que ha cobrado resonancia y singular eco entre los creyentes. Salvo que conste la explícita intención pontificia de una definición "ex cathedra", las enseñanzas que se exponen no son "infalibles", pero poseen autoridad suficiente para que sean de obligado recibimiento por venir del Sumo Pontífice. Reflejan el Magisterio Ordinario de la Iglesia y merecen ese respeto de parte de los fieles, como afirmaba Pío XII en la "Humani generis", de 1950.
El título con que se conoce a cada encíclica es el de las dos o tres primeras palabras latinas del texto original. Y ordinariamente son palabras latinas, ya que es la lengua oficial de una Iglesia que se extiende a todo el mundo y por lo tanto se relaciona con los creyentes en todos los idiomas del universo.
El número de encíclicas ha variado en cada pontificado, según su duración y el estilo de cada Papa. Entre los últimos Pontífices, San Pío X (1903-1914) escribió 16, Benedicto XV (1914-1922) 10, Pío XI (1922-1939) 41, Pío XII (1939-1958) 8, Juan XXIII (1958-1963) 7, Pablo VI (1963-1978) 9 y Juan Pablo II (1978-1998) 14 (además de 11 Exhortaciones Apostólicas, 17 Cartas apostólicas y casi un centenar de otros documentos oficiales).
1.2. El contenido
El contenido y la orientación de las Encíclicas han sido muy diverso:
- Ha habido unas Doctrinales, desarrollando puntos dogmáticos de cierta resonancia. Tales han sido:
* la "Mystici corporis Christi" (1943), de Pío XII, sobre la Iglesia como el Cuerpo Místico de Cristo;
* la "Divino afflante Spiritu" (1943), de Pío XII, precisando los Estudios Bíblicos;
* la "Mediator Dei" (1947) de Pío XII, sobre la Sagrada Liturgia;
* la "Mysterium fidei" (1965), de Pablo VI, sobre la Eucaristía;
* la "Redemptor hominis" (1979), de Juan Pablo II, versa sobre la redención y dignidad del hombre.
- Algunas se han presentado eminentemente pastorales y ascéticas reclamando la atención cristiana en hechos y principios básicos:
* la "Dives in misericordia" (1980) de Juan Pablo II, sobre la compasión divina;
* la "Dominum et vivifiantem" (1986), de Juan Pablo II sobre el Espíritu Santo.
- Otras han mediado entre diversas opiniones teológicas, tratando de superar posturas ambiguas o erróneas y enseñando la doctrina ortodoxa. Tales fueron:
* la "Humani generis (1950)", de Pío XII, sobre la falsas opiniones en cuestiones fundamentales de la doctrina;
* la "Humanae vitae" (1968), de Pablo VI, sobre la moralidad del control de natalidad;
* la "Veritatis splendor" (1993) de Juan Pablo II, sobre la verdad en moral y en teología;
* la "Evangelium vitae "(1995), de Juan Pablo II, versa sobre la defensa y dignidad de la vida humana.
- Resonancia especial han tenido las llamadas "encíclicas sociales" de los Papas, que se iniciaron a finales del siglo XIX:
* la "Rerum Novarum" de León XIII (1891) sobre las condiciones de los obreros;
* la "Quadragésimo anno" (1931) de Pío XI ahondando la doctrina;
* la "Mater et magistra" (1961) de Juan XIII, sobre la Iglesia maestra;
* la "Populorum progressio" (1967) de Pablo VI, sobre el desarrollo;
* la "Laboren exercens" (1981) de Juan Pablo II;
* la "Sollicitudo rei socialis" (1987)
* y la "Centesimus annus" (1991) del mismo Pontífice.
- Algunas Encíclicas han sido sobre todo exhortativas:
* la "Haurietis aquas" (1956) de Pío XII, sobre la devoción al Sdo. Corazón;
* la "Redemptoris mater" (1987) de Juan Pablo II sobre el papel de la Virgen María en la vida de la Iglesia peregrina.
- Y en ocasiones, algunas Encíclicas ha sido disciplinares y normativas. Tal es el caso de las más catequísticas:
* la "Fidei donum" (1957) de Pío XII sobre el sacerdocio en tierras de misión;
* la "Sacerdotalis coelibatus" (1967) de Pablo VI, en que reafirmó la norma latina del celibato sacerdotal.
2. Constituciones Apostólicas
Son documentos en los que el Papa resalta su acción de gobierno, tomando decisiones o posturas concretas mediante exposición y clarificación de motivos de alcance eclesial.
Su carácter es más normativo que doctrinal, pero sin reducirse a ser simples leyes escuetas o fórmulas jurídicas, al estilo del Derecho canónico. Por eso se razonan las exposiciones y se motivan las decisiones de gobierno adoptadas para toda la Iglesia.
Tratan de temas doctrinales, disciplinares y administrativos, según las circunstancias. Van desde la erección de una nueva diócesis hasta el establecimiento de una fiesta o la proclamación de una doctrina olvidada en lo sacramental o en lo dogmático.
Constituciones modélicas son:
* "Sacrae disciplinae" (1983), de Juan Pablo II, en la que promulga el nuevo Código de Derecho Canónico.
* "Pastor bonus" (1988), de Juan Pablo II, sobre la organización de la curia romana.
* "Fidei depositum" (1992), de Juan Pablo II, para promulgar el Catecismo de la Iglesia Católica.
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3. Exhortaciones Apostólicas
Estos documentos tienen sentido pastoral y moral, envangelizador y catequético. Se promulgan después de la reunión de un Sínodo de Obispos o ante situaciones especiales. Dan pistas de como se debe obrar con los fieles de la Iglesia y como se han de realizar determinadas acciones.
Ejemplos de excelentes Exhortaciones pueden ser:
* la "Evangelii nuntiandi" (1975) de Pablo VI, sobre la Evangelización.
* la "Catechesi tradendae" (1979) de Juan Pablo II, sobre la catequesis.
* la "Familiaris consortio" (1984) de Juan Pablo II, sobre la familia cristiana.
* la "Reconciliatio et poenitentia" (1984) de Juan Pablo II, sobre el perdón y la penitencia en la misión de la Iglesia.
* la "Redemptoris custos" (1989) de Juan Pablo II, sobre la persona de San José en la vida de la Iglesia.
4. Cartas Apostólicas
Desde el siglo II se conocen algunas cartas del Obispo de Roma a determinados obispos de otras diócesis. Pero la forma de carta como "documento público” o solemne, es más reciente. Propiamente se emplea desde el siglo XVI.
Son cartas normales, pero solemnes, dirigidas a grupos específicos de personas: Diócesis y Obispos, Congregaciones religiosas o Superiores, algunos laicos, grupos o autoridades.
Suelen tener cierta resonancia en la prensa, pues son formas normales de Magisterio, aprovechando circunstancias, fechas o acontecimientos celebrativos.
Cartas Apostólicas recientes son:
* "Carta a los jóvenes del Mundo", de Juan Pablo II (1985).
* "Carta a las Mujeres" (Mulieris dignitatem), de Juan Pablo II (1988).
* "Carta a las familias", sobre la responsabilidad de los padres cristianos, de Juan Pablo II (1994).
* "Carta "Tertio milenio adveniente", Juan Pablo II (1994), sobre la preparación del Jubileo del año 2000.
* "Carta "Dies Domini", de Juan Pablo II (1998), sobre el Día del Señor.
5. Bulas
Teóricamente es el documento más solemne, disciplinar, antiguo y preciso de los que firma personalmente el Papa.
En el siglo VI ya existió una "chancillería papal" que preparaba, registraba, conservaba en copia y autentificaba las Bulas enviadas a diversos lugares, personas o instituciones de la cristiandad.
El nombre de bula (bola) viene de la pieza esférica o aplanada de plomo o de cera que se adhería al documento con el sello pontificio grabado. Este sello respondía a la costumbre de las autoridades de la Edad Media: reyes, nobles, abades, cancilleres, recaudadores, etc., que trataba de evitar la falsificación de los documentos emitidos y enviados mediante mensajeros.
Alrededor del siglo XIII se comenzó a denominar "bula" a todo el documento, y no sólo a la pieza en la que se estampaba el sello. La primera vez en que aparece el "sello del pescador", que usarán siempre los papas" es en 1265, cuando Clemente IV escribió a un sobrino y usó, no una bula sino un sello de cera con la impresión de un anillo con el pescador.
Hasta el siglo XV, la Bula fue prácticamente el único documento usado por los Pontífices con carácter oficial. Con Eugenio IV (1431) comenzó un mayor control de las Bulas, sobre todo de los documentos con los que se reclamaban privilegios o se pretendían derechos.
El mismo Papa Eugenio IV efectuó cambios, reemplazando muchas veces las Bulas por otros documentos, como los "Breve apostólicos".
Las Bulas continuaron siendo utilizadas, sin embargo, para los textos más solemnes y oficiales. Con todo hubo hechos muy significativos que se autentificaron con Breves, y no con Bulas, como en el caso de Julio II (1503-1513) que otorgó, con un Breve, la dispensa al Rey Enrique VIII de Inglaterra para casarse con Catalina de Aragón, documento al que luego siguió una Bula.
En la Bula se sigue la costumbre de que el Papa se firme con el título de "Episcopus Servus Servorum Dei", que no aparece en otros documentos. Probablemente tal designación fue usada por primera vez por el Papa San Gregorio I Magno (590-604), que se apellidó así como reacción contra Juan el Rápido, Patriarca de Constantinopla, que se titulaba "Patriarca Ecuménico".
6. Motu Propio
Es un documento papal que brota de una iniciativa personal del Papa, como su nombre indica. Ejemplos son:
- Carta Apostólica, en forma de Motu Proprio, "Ad tuendam fidem" (1998) de Juan Pablo II, presentando el Código de Derecho Canónico y el Código de Cánones de las Iglesias Orientales.
Es conveniente notar que solamente la enseñanza dirigida a toda la Iglesia Universal expresa el Magisterio Ordinario en su sentido pleno.
7. Las otras expresiones
Evidentemente el Papa usa, o puede usar, otras formas de expresión escrita como son mensajes, entrevistas periodísticas, artículos, homilías escritas, discursos, telegramas, radiogramas, y hasta correos electrónicos en los tiempos recientes, para ofrecer su pensamiento y sus enseñanzas.
Los discursos que dirige a veces a los Cardenales reunidos en consistorio, o a los grupos de Obispo que le hacen la visita "ad limina", son interesantes, pues plantean cuestiones muy particulares o concretas en diversos terrenos o en referencias a determinadas Diócesis o comunidades cristianas.
Todo ello pertenece al Magisterio ordinario de la Iglesia y tiene validez en la medida en que va dirigido con intención a los fieles.
Merece respeto en su integridad y en su tratamiento, respeto que muchas veces no se tiene cuando se malinterpretan las palabras, se tergiversan las intenciones o se manipulan con titulaciones fragmentarias y tendenciosas que desvirtúan los contenidos o las intenciones, estrategias de habilidad periodística de todos conocidas.
Por eso los cristianos inteligentes y competentes prefieren los textos originales y no las referencias periodísticas, cuando se trata de temas o cuestiones importantes o discutidas. El texto estrictamente válido es el original. Por eso hay que tener cierta prudencia con las traducciones a las lenguas populares, cuando no están hechas por personas competentes o de recta intención. Es bueno enseñar a los cristianos, sobre todo si se mueven con altura intelectual o académica en otras esferas del saber humano, a acudir a las fuentes o incluso a preferir siempre las traducciones autorizadas y autentificadas.
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